Por
Armando García
Al
principio del 2013, escribí
sobre cómo una persona
indocumentada debe preparar su solicitud de perdón
al encontrarsele inelegible para una visa de residente durante su
entrevista con las autoridades consulares estadounidenses. Dicho
perdón debe enviarse a
Estados Unidos a una oficina de las autoridaes migratorias situada en
Phoenix, Arizona.
Ahora,
hay personas que viven ilegalmente en Estádos Unidos y están en
espera de una cita consular. El pasado 3 de enero el Departamento de
Seguridad Interna (DHS por sus siglas en inglés)
publicó las esperadas
regulaciones para poner en vigor la presentacion del perdón
dentro de Estados Unidos. La fecha para que entre en vigor está
medida es el proximo 4 de marzo. Estas personas deben ser solamente
los cónyuges
o hijos de ciudadanos estadounidenses.
En
el caso de que al solicitante le nieguen su visa de residente o sepa
que se la negaran al ir a su cita consular, en la solicitud del
perdón
debe tener evidencia convincente de que el cónyuge
o padre estádounidense sufrirá
extremadamente sin su familiar extranjero. Los familares de
residentes permanentes deben acudir a su cita consular y si les piden
el perdón
deben enviarlo a Estados Unidos desde su país de origen. Para leer
la columna anterior vaya a: http://nuestraamericanews.blogspot.com.
Los
familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses que requieran el
perdón son aquellos que no califican para recibir su residencia
dentro de Estados Unidos, y que tienen su caso procesándose
para una cita consular, es decir fuera del país.
Si las personas afectadas no presentan el perdón dentro del país,
deberán
presentarse en el consulado para ser entrevistados y
si los niegan por haber vivido ilegalmente en Estados Unidos, tendrán
que esperar de
tres a 10 años
para poder solicitar su regreso, o esperar que los aprueben si es que
presentaron el perdón desde el exterior.
El
DHS pide a los solicitantes del perdón que sigan los siguientes
pasos:
Paso
A: Entrar a la página
del Departamento de Ciudadania y Servicios de Inmigracion (USCIS por
sus siglas en inglés) con el fin de revisar las instrucciones y
enterarse si es elegible para la presentación
del perdón dentro de Estados Unidos. La pagina de internet es la
www.uscis.gov/provisionalwaiver.
Paso
B: Si su caso está en
el Centro Nacional de Visas (NVC por sus siglas en inglés) usted
debe notificar al NVC que desea solicitar el perdón y que su cita
con las autoridades consulares quede pendiente hasta que el perdón
sea aprobado por USCIS. En caso de que no se notifique, su caso puede
ser programado para una entrevista en la embajada o consulado. Si el
NVC ya programó la cita
conslar, usted debe notificar a la sede diplomatica que tiene la
intencion de solicitar el perdón .
Importante:
Los solicitantes con una carta
del NVC programando una cita consular antes del 3 de enero no son
elegibles para presentar el perdón dentro del país. La regulacion
sólo
permite la solicitud de perdón para aquellos que tengan programada
una cita en una carta del NVC fechada después
del 3 de enero.
La
notificacion al NVC debe hacerse después
de haber pagado el costo de la visa inmigrante y antes de
solicitar el perdón considerado provisional, ya que la aprobacion
del perdón de la presencia ilegal dentro del país, es solamente
para evitar la separacion de familias por un largo periodo de tiempo.
Una vez que se haya aprobado el perdón , entonces si habrá
que viajar fuera del país para su entrevista consular. Usted debe
notificar al NVC en el momento que ya el perdón ha sido aprobado.
La exclusión de presencia
ilegal ya no será un
obstáculo. Pero hay que
tomar en cuenta que solicitante de la visa de residente, no debe caer
en otras exclusiones marcadas por la ley, como fraude, delitos,
enfermedades; etc.
La
notificacion al NVC debe hacerse al correo electrónico
nvci601a@state.gov Hay que
dar el número de caso, el nombre del solicitante, su la fecha de
nacimiento y el nombre del peticionario junto con su fecha de
nacimiento. Si la persona está siendo representada por un abogado,
hay que proporcionar la informacion del licenciado y las formas
corresposndientes autorizando la representacion legal. Aparte de los
datos arriba mencionados, hay que presentar una declaracion de que
usted está buscando presentar el perdón dentro de Estados Unidos.
La
Migra y Usted es una columna que analiza temas migratorios de estádos
Unidos.
Bajo ninguna circunstancia ofrece asesoría legal, recomendaciones,
mediación u orientación jurídica individual. Usted
puede usted hacer una pregunta sobre temas migratorios y será
contestáda en está sección. Envíe su pregunta a:
lamigrayusted@gmail.com. Si necesita asesoría migratoria hable a la
línea de ayuda al inmigrante del 'MigraNetCenter' al (956) 775-7064,
o busque ayuda legal en
http://www.ailalawyer.com/spanish/default.aspx.
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