domingo, 13 de julio de 2008

LA MIGRA Y USTED


Formas de emigrar a Estados Unidos



Por: Armando García

El Congreso de Estados Unidos cerró el año pasado las puertas para una reforma a la ley de inmigración, por lo tanto es necesario hacer un recordatorio a los inmigrantes indocumentados de cómo, los que califiquen, pueden arreglar su situación jurídica en este país.

Mientras no exista una reforma, la Ley de Inmigración y Nacionalidad continuará concediendo visas de inmigrantes y de no inmigrantes de la forma en que lo ha venido haciendo en los últimos años.

¿Quién puede conseguir la residencia legal en Estados Unidos?

La ley de Inmigración y Nacionalidad concede visas de inmigrantes a las siguientes personas: Cónyuges e hijos menores de 21 años de ciudadanos.

Además permite que padres de ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años logren conseguir su residencia permanente. Estas tres clasificaciones tienen prioridad sobre otros solicitantes. No están sujetos a una cuota anual de visas, salvo el tiempo que tome procesar la solicitud y de la región donde se haya presentado la misma.

La ley también permite la clasificación de preferencias familiares. Pero están sujetas a la disponibilidad de visas. No hay suficientes visas. Hay más demanda que oferta, por lo que hay listas d espera de muchos años. Las personas que pueden solicitar son:

1. Hijos e hijas solteros mayores de 21 años de ciudadanos estadounidenses.

2. Cónyuges e hijos menores y mayores de 21 años solteros de residentes permanentes.

3. Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses.

4. Hermanos o hermanas de ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años.

La ley también permite a que compañías soliciten a trabajadores que realicen tareas donde hace falta mano de obra en el país, este proceso se le conoce como Certificación Laboral.

El proceso es complicado porque en la mayoría de los casos intervienen los departamentos de empleo en los estados donde se presenta la solicitud. Esto es para facilitar en la localización de trabajadores estadounidenses y legalmente admitidos al país, que puedan desempeñar el trabajo que se está ofreciendo al extranjero.

Otro tipo de personas que pueden conseguir la residencia permanente son todas aquellas que buscan asilo político y los que son puestos en proceso de deportación y cumplen con los requisitos que marca la ley, para suspender su expulsión del país.

Es muy recomendable que los solicitantes de residencia permanente se asesoren de un abogado o de una persona acreditada por el Board of Immigration Appeals, para evitar que sean engañados por personas sin escrúpulos La lista de esas personas acreditadas se encuentra en la siguiente dirección: http://www.usdoj.gov/eoir/statspub/raroster.htm.

Las personas interesadas en contratar a un abogado, pueden hablar a la American Immigration Lawyers Association (AILA) al 1-800-954-0254, para que lo refieran a un licenciado cercas de su domicilio.

Si usted tiene alguna pregunta sobre inmigración diríjala a: migranetcenter@yahoo.com y en esta columna se le contestará a su pregunta.

Esta información es publicada con el interés de proporcionar información útil y de fácil acceso para el público y no implica que se esté dando consejo legal.

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